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lunes, 22 de noviembre de 2010

FUERO MILITAR Y JUSTICIA PENAL MILITAR EN COLOMBIA

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Fuero Militar y Justicia Penal Militar

CARTA DEL DOCTOR HERMES PEREZ IZQUIERDO AL GENERAL ARTURO CAMELO PIÑEROS A PROPÓSITO DEL ARTICULO “PARA QUÉ UN NUEVO CODIGO PENAL”

Tenga un buen día General. Me tomé mi tiempo para leer esta nota y la verdad es que convoca a pronunciarse.

El nuevo Código Penal Militar no es tal, es simplemente un código adjetivo. Establece procedimientos y no demandó un mayor esfuerzo pues es una mala copia de un mal procedimiento como lo es el penal ordinario. Y lo más preocupante es que se acudió a copiar ese código (Ley 906 de 2004) para convertirlo en el procedimiento penal militar sin tener en cuenta todos los problemas que ese sistema ha enfrentado y los niveles enormes de impunidad que él encarna. Es más, es tal la ineficacia de esa Ley 906 de 2004 que lo único que tiene para mostrar es un salvaje y frontal ataque contra los miembros de la fuerza pública, especialmente el Ejército, a quienes se les ha despojado de manera ilegítima del fuero, por miles de caminos, para poder hacer justicia espectáculo y justificar un sistema que es un fracaso. Tanto es así que día a día lo que muestran es la lapidación pública de militares a quienes se les presenta como culpables cuando los juicios recién empiezan, pero nada dicen de los miles de casos represados y sin solución, más graves incluso que los de los militares, donde en realidad campea la impunidad. En esta cortina de huma la leña que arde son los soldados de Colombia.

 No se observa en el legislador la intención de solucionar el problema de la administración de justicia, se envían distractores, o será que acaso ya tienen fondeados los recursos para pagar la estructura investigativa de este nuevo sistema penal militar? Cómo van a crear el cuerpo técnico de investigaciones de la justicia penal militar?. No hay con que, toca acudir al de la Fiscalía y los demás organismos que cumplen funciones de policía judicial, quienes dicho sea de paso ya no dan más con las investigaciones de la justicia ordinaria y tendrán que hacerse los de la vista gorda con los casos de justicia ordinaria y entregar resultados con los casos de los militares, a como de lugar, para pasar como eficientes cuando en realidad lo que vivimos hoy día es un porcentaje de más del 95% de impunidad en los casos de la justicia ordinaria.

 Ahora, a esto nos llevó no la impunidad reinante en la justicia penal militar, a estos nos llevaron unos pésimos administradores de la justicia militar y una personas (Jueces y Fiscales Penales Militares) que olvidaron que eran especiales, olvidaron que tenían su razón de ser en el fuero de quienes serían por ellos investigados y juzgados, unos Jueces y Fiscales que sin dar la lucha entregaron el fuero, se auto acorralaron pues, si el hecho era evidentemente delictual no correspondía entregarlo a la justicia ordinaria sino que lo que tenían que hacer era tomar las decisiones que la Ley permitía tomar, entiéndase imponer medidas de aseguramiento, encarcelar, acusar, juzgar, condenar. 

Por ello y aunque suene manido, el error fue pensar que la JPM estaba solamente concebida para absolver, que error tan grande, acá en la JPM también se puede condenar y no solamente a los desertores, a los que abandonan el servicio, al centinela, y a esas conductas menores, faltó carácter y decisión, faltó compromiso y lealtad con el fueron para tomar decisiones, así fuesen duras y para que, en últimas, la JPM castigara a sus hijos que tomaron el camino incorrecto y no tenérselos que entregar al vecino para que él lo hiciera e incluso para que se tomara la atribución de mancillar su honor de manera injusta.

 A guisa de ejemplo, conozco en mi desempeño profesional, muchos casos que la JPM ha enviado a la justicia ordinaria y que ahora están regresándolos pues las razones para desprenderse del fuero eran infundadas.

 Sería bueno que alguien se metiera en las estadísticas de Jueces y Fiscales Penales Militares, les hiciera una auditoria de verdad, para que dejen esa "Tramadera", pues lo que van a encontrar es que mensualmente reportan movimiento en los procesos por delitos contra el servicio (Abandono del servicio, abandono del puesto, delito del centinela, desobediencia, ataque al inferior, ataque al superior, etc) y los casos de las bajas están en los anaqueles.

 Ese hijo llamado JPM se ha portado mal, ha sido inferior a su responsabilidad, ha presentado mensualmente unos resultados (Que tengo entendido se incentivan económicamente) con fundamento en casos de poca trascendencia y por ello los reales asuntos importantes y trascendentes se han ido quedando allí, y por ello para la justicia ordinaria ese se convirtió en un "objetivo" fácil para recuperar su imagen desprestigiada, para resurgir ante esos altos niveles de impunidad, para sacarlos a la luz pública a través de medios que presentan como culpables a quienes tienen intacta su presunción de inocencia, el espectáculo que brinda la justicia ordinaria son los militares, así como en la antigua Roma el espectáculo eran los gladiadores, quienes buenos o malos tenían la obligación e morir para divertir al pueblo.

 El tema de los jurados es optimo para los procesos castrenses, esos jurados en esta jurisdicción si que serían mucho más que de conciencia, serían oficiales y suboficiales calificados, destacados, condecorados, que con conocimiento de las condiciones en que se desarrolla una operación militar, cualquiera ella sea, podrán adoptar determinaciones en apoyo de las decisiones de un Juez, pero de un Juez comprometido con la verdad, con la justicia y con el fuero, porque el fuero no es un beneficio, el fuero es una distinción necesaria para quienes actúan en condiciones distintas, especiales.

 Por último, esto viene de más atrás, de la Constitución de 1991, allí hubo presencia de todas las fuerzas vivas de la nación, estuvieron los políticos de siempre, estuvieron los sindicalistas, los indígenas, los negros, los guerrilleros desmovilizados y los guerrilleros en armas (a través de sus destacados milicianos) y hasta los narcotraficantes que consiguieron lobistas para buscar beneficiarse, la pregunta es, quienes fueron los lobistas de las Fuerzas Militares? Las Fuerzas Militares son lo más glorioso que tiene este país, el Ejército es la dignidad misma de hombres humildes dispuestos a morir por la patria, por ello merecen que se les defienda animada y adecuadamente, con compromiso, con conocimiento de los procedimientos militares para que no se les siga atropellando. El Estado a cada Soldado le da entrenamiento, doctrina, lo uniforma, lo alimenta, le brinda salud, múltiples beneficios, le da las armas y le enseña a usarlas, pero, qué le da para defender se en este nuevo campo de batalla que es la justicia ordinaria?

En las batallas se establecen objetivos militares. En esta batalla jurídica los Jueces y Fiscales ordinarios que no han podido dar resultados con el nuevo sistema penal acusatorio, han fijado como su objetivo a los militares, es la única manera de dar resultados, así sean mediáticos. Ante ello hay que reaccionar.

 Hermes Pérez Izquierdo
Alianzajuridica928@hotmail.com
Abogado
Bogotá, 16 de Noviembre de 2010

1 comentario:

Unknown dijo...

Una de las grandes criticas que se le hace a la JPM es que si bien formalmente es un ente jurisdiccional, art. C.N., materialmente no lo es, dado que organizacionalmente figura como una dependencia adscrita al Ministerio de Defensa Nacional, por lo tanto perteneciente a la Rama Ejecutiva y no jurisdiccional como debe ser.
Lo preocupante es que en el Ministerio de Defensa se este pensando en presentar un proyecto de acto legislativo, por el cual, la JPM, pasaria a la rama Jurisdiccional. Personalmente, no creo que ello sea la solución, todo lo contrario, generaria aun mayores problemas. Lo preocupante de todo ello es que se pretenda dar este paso sin efectuar un verdadero estudio acerca de su conveniencia y pertinencia, sin socializarlo, es cierto que los militares no debemos deliberar en Politica, pero es que opinar acerca de aspectos que afectan nuestro fuero no es deliberar en Politica.
Además uno de los muy probables problemas que traería este paso es el que se permita el acceso de personal civil como funcionarios de la JPM ¿Donde queda entonces el especial conocimiento que deben tener nuestros jueces sobre aspectos militares? Terminariamos, entonces con una JPM de nombre, juzgados por civiles... una Justicia ordinaria con diferente nombre ¿Donde queda entonces, nuestro derecho a ser juzgados por nuestro Juez Natural, o es que nosotros por el hecho de ser militar no podemos aspirar a un acceso a la justicia en iguales terminos a los que se concibe para un ciudadano común? ¿Como pensamos dotar a la JPM de un cuerpo tecnico de investigaciones con funciones de policia judicial, si la Corte Constitucional en reiteradas oportunidades se ha mostrado contraria a ello bajo el entendido que ello implicaria la investigación de civiles por parte del personal militar?
Desafortunadamente a todos estos interrogantes y a muchos más solo se les esta dando soluciones facilistas pero que dejan de lado el verdadero problema, soluciones, que es lo peor, no resisten un estudio de Constitucionalidad de la Corte Suprema.

A pesar de que en Colombia no existe la pena de muerte, que tristeza ver como fusilaron el Código Penal, en lugar de copiarlo dandole el nombre de Codigo Penal Militar, ¿no hubiese sido más facil, haber redactado un articulo que hubiese dicho: "en los aspectos generales de este Codigo, remitase al Codigo Penal"?
Ya nuestros jueces como bien lo apunta el autor del articulo, estan llevando solo actuaciones por delitos contra el servicio y la disciplina, es decir estamos ante una Juticia no penal, sino disciplinaria ¿no será mejor entonces dejarnos de tantas pendejadas y abolir la JPM reformando nuestro Codigo Disciplinario (otra mala copia del Codigo Disciplinario Único) y establecer que todas estas conductas se sancionen por los procedimientos allí expuestos?