domingo, 5 de febrero de 2012
LOS GENERALES, ALMIRANTES Y CORONELES SE PRONUNCIAN
“Cuando un juez ordena en un fallo que las FFMM pidan perdón en acto público a un sector de la población que se es considerado como ofendido por la actuación de uno de sus hombres, lo que está haciendo es ordenando al pueblo que se arrodille ante la minoría violenta y de paso está ratificando que los jueces están arrebatando el poder soberano al pueblo, que no se sienten sus servidores sino sus amos, que no son del poder derivado sino que son los mandantes con el abuso de las atribuciones que se le confiaron.
Las Fuerzas Militares tienen la función de defender la soberanía y en ejercicio de esa función deben solicitarle al Presidente y por su conducto al Ministro de Justicia que ordenen al Consejo Superior de la Judicatura revocar el nombramiento de dichos magistrados permanentes dado que han demostrado públicamente su incapacidad y desconocimiento del Derecho, con el fin de evitarle al país daños futuros por sus fallos contaminados de contenido político.
Si la sal se corrompe.....”
Coronel Daniel Vásquez
Bogotá D.C., 1 de febrero de 2012
Señor General
ALEJANDRO NAVAS RAMOS
Comandante General de las Fuerzas Militares
Ciudad
Señor General.
Comprendo su obligado silencio en momentos en que el Gobierno Nacional, mediante un comunicado de prensa, expresa su respeto y acatamiento y anuncia que se abstiene de hacer pronunciamientos en relación a la decisión de la sala penal del Tribunal Superior de Bogotá en la cual confirma la condena de primera instancia al coronel de la Reserva Activa Luis Alfonso Plazas Vega, a treinta años de prisión, sin que existan pruebas, por el delito de desaparición de dos personas durante el atentado criminal contra el Palacio de Justicia en 1985, perpetrado por el grupo al margen de la ley M-19 en contubernio con el narcotráfico.
Resulta paradójico que en el mismo fallo judicial se condene al Ejército Nacional a la ignominia de pedir perdón por delitos por los cuales, ni ha sido juzgado ni cometió, olvidando que las instituciones no delinquen, mientras nada se dice en relación con los actores intelectuales de ese execrable crimen contra el máximo Tribunal de la Justicia de Colombia; personajes que hoy ocupan el Palacio Lievano de la capital de la República o desempeñan cargos gubernamentales.
Hubiera sido más comprensible que los artífices de este insólito fallo, incitaran a la Corte Internacional de Justicia a declarar inválido el indulto concedido por el gobierno colombiano, a los autores intelectuales de esa abominable agresión armada contra la Corte Suprema de Justicia, durante la cual hicieron víctimas de un atroz genocidio, delito de "lesa humanidad", a inermes magistrados y se los juzgará por su atrocidad criminal, pues son ellos quienes tienen una deuda con la justica y el pueblo colombiano.
Los integrantes del Cuerpo de Generales y Almirantes de la Reserva Activa de Colombia hemos acatado y hemos sido respetuosos de los fallos de los jueces y magistrados de la República, pero ante el escandaloso fallo que nos ocupa no podemos guardar silencio, pues este evidencia más un sesgo político que una decisión judicial en derecho, que ignora o descalifica actos de administración de justicia avalados por la Carta Política de Colombia y por si fuera poco condena injustamente al Ejército de Colombia a la degradación.
Sabemos de la probidad, discernimiento y buen juicio de la mayoría de jueces y magistrados del Poder Judicial Colombiano, por eso esperamos se dirima con justicia y en derecho el recurso de casación interpuesto ante la Suprema Corte en el caso del coronel Plazas Vega.
Señor general Navas Ramos, el pueblo y las Fuerzas Militares de Colombia están expectantes, y nosotros conocedores del valor, la entereza y el pundonor que lo caracterizan a usted y al general Sergio Mantilla Sanmiguel comandante del Ejército, sabemos que jamás someterían a esta notable institución militar a la oprobiosa afrenta de pedir indulgencia por delitos totalmente ajenos a su patriótico accionar.
Entre tanto, quienes integramos el Cuerpo de Generales y Almirantes de la Resera Activa de las Fuerzas Militares de Colombia estamos decididos a respaldar sus actuaciones, siempre que de defender el honor, la dignidad y la verdad institucional se trate, y no olvide que ¨un pueblo es esforzado o cobarde, según el espíritu que se le infunda, el modo como se le gobierne, y los generales que le manden¨.
General HÉCTOR FABIO VELASCO CHÁVEZ
Presidente
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Comunicado de Prensa
CIDH presenta caso sobre Colombia a la CorteIDH
10 de febrero de 2012
Washington, D.C. – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) el Caso No. 10.738, Carlos Augusto Rodríguez Vera y otros (Palacio de Justicia), Colombia.
Los hechos del caso se refieren a la desaparición forzada de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo, Luz Mary Portela León, Norma Constanza Esguerra, Lucy Amparo Oviedo de Arias, Gloria Anzola de Lanao, Ana Rosa Castiblanco Torres e Irma Franco Pineda, y a la desaparición y posterior ejecución del magistrado Carlos Horacio Urán Rojas, así como la detención y tortura de Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci, Eduardo Matson Ospino, Orlando Quijano y José Vicente Rubiano Galvis, en el contexto de la toma y retoma del Palacio de Justicia, en Bogotá, el 6 y 7 de noviembre de 1985.
Asimismo, el caso se relaciona con la falta de esclarecimiento judicial de los hechos. A 26 años de los hechos, el Estado únicamente ha sancionado a dos autores mediatos, algunos procesos no han tenido avances significativos y continúan en etapa preliminar, y otros han sido objeto de dilaciones procesales. Asimismo, a la fecha, el Estado no ha tomado las medidas suficientes para dar con el paradero de once de los doce desaparecidos.
El caso se envió a la Corte IDH el 9 de febrero de 2012, porque la Comisión consideró que el Estado no cumplió con las recomendaciones contenidas en su Informe sobre el caso. En dicho informe, la CIDH concluyó que el Estado de Colombia es responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la libertad personal, la integridad personal, a la vida, a la personalidad jurídica en perjuicio de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo, Luz Mary Portela León, Norma Constanza Esguerra, Lucy Amparo Oviedo de Arias, Gloria Anzola de Lanao, Ana Rosa Castiblanco Torres, Irma Franco Pineda y Carlos Horacio Urán Rojas; la violación de los derechos a la libertad personal y la integridad personal en perjuicio de Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci, Orlando Quijano, José Vicente Rubiano Galvis y Eduardo Matson Ospino; la violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial en perjuicio de Yolanda Ernestina Santodomingo Albericci, Orlando Quijano, José Vicente Rubiano Galvis y Eduardo Matson Ospino; la violación de los derechos a las garantías judiciales y protección judicial de Carlos Augusto Rodríguez Vera, Cristina del Pilar Guarín Cortés, David Suspes Celis, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán Fuentes, Gloria Stella Lizarazo, Luz Mary Portela León, Norma Constanza Esguerra, Lucy Amparo Oviedo de Arias, Gloria Anzola de Lanao, Irma Franco Pineda, Ana Rosa Castiblanco Torres y sus familiares, y de los familiares de Carlos Horacio Urán Rojas; y la violación del derecho a la integridad personal en perjuicio de los familiares de las víctimas de desaparición forzada, ejecución y tortura.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
Feunte: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2012/016.asp
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