Quienes somos

"Un grupo de colombianos, militares y civiles de reconocida experiencia a nivel nacional e internacional, conformado para analizar y debatir problemas importantes sobre la defensa y seguridad nacional".

miércoles, 15 de junio de 2011

A PROPÓSITO DEL FALLO POR ASALTO CRIMINAL DE LAS FARC A LAS DELICIAS

Pobre Colombia
¡QUE INJUSTICIA!

Por Brigadier General Héctor Martínez Espinel*

“Una injusticia hecha al individuo es una amenaza hecha a toda la sociedad” (Montesquieu)

Mientras que el Estado gana la guerra en el campo de combate, se pierde en los estrados judiciales y se debilita la institucionalidad, ya no se ve a sus representantes como tal, sino que se les tilda de ser generadores de alto riesgo para los ciudadanos. Al respecto, el Presidente Santos afirmó el pasado 2 de junio en Bogotá que no es justo  “señalar que el Estado crea situaciones objetivas de riesgo por ubicar una base militar en un ámbito espacial donde el orden público esta alterado y donde por supuesto hay peligro; hacer de esto una fuente de responsabilidad, puede tener consecuencias imprevisibles”.

El presidente Santos ha pedido la ponderación en la justicia. El Tribunal Constitucional Español en STC 219/1992 fto.jco.2 define la ponderación como “una labor hermenéutica que no es sustancialmente distinta a la que determina el contenido de cada uno de los derechos en presencia y los limites externos que se derivan de su interacción reciproca” y que “la ponderación consiste en valorar el significado y la trascendencia de los distintos elementos de prueba y llegar a una conclusión”, ¿será posible que no se esté haciendo detalladamente en nuestra justicia colombiana?

En Italia el constitucionalista Gino Scaccia, en “El balanceamiento del interés como técnica del control constitucional” (jurisprudencia constitucional 1998 p.3954) determina que “la decisión de ponderar no es ni interpretativa ni deductiva, sino que se basa en la formulación de juicios de valor no sujetos a un cotejo de coherencia sistemática, aun cuando en la motivación de la sentencia el juez constitucional pretende que la decisión aparezca como la salida natural y lógica de un itinerario rígidamente hermenéutico”. Significando con ello que la ponderación, es una técnica, en la que no se emplea la interpretación y se parte del peso de los intereses concurrentes en el caso, para llegar a la decisión. ¿Cuál orientación jurídica es la adecuada para lograr una justicia justa?  Esperamos que en corto tiempo se logre dilucidar las inquietudes y aclarar los conceptos sobre el verdadero propósito de la ponderación jurídica.

En Colombia, el Doctor Mauricio Fajardo Presidente del Consejo de Estado, manifiesta que “los jueces estamos obligados a ponderar todos los elementos que forman parte de un proceso y siempre seguiremos actuando en esa dirección, a pesar de las críticas de algunos sectores”. ¿Cuál será el grado de ponderación que efectúa nuestra justicia en los procesos y en qué dirección apuntan sus afirmaciones, cuando expresa: “este fallo no es novedoso solo consolida una jurisprudencia de hace muchos años que los comandantes militares que deciden enviar a los hombres a cumplir las misiones deben hacerlo con estricto acatamiento a las instrucciones y reglamentos que los rigen y con todos los recursos”? Se observa un direccionamiento de la responsabilidad a los mandos militares de la época, quienes sufren con ellos las inclemencias y limitaciones, no a la guerrilla que fue la victimaria y causante de tan abominable toma. ¡Qué injusticia! Bienvenidas sean para nuestros soldados, las indemnizaciones por los daños causados en cumplimiento del deber, pero que se enjuicien a los verdaderos responsables. No a quienes son las victimas ¡Eso es justicia!

Qué bueno fuera para la historia jurídica del país que todos los colombianos prestaran su servicio militar, o que quienes nos juzgan se preocuparan por conocer las verdaderas necesidades  y realidades del país y de las tropas, los esfuerzos y sacrificios a los que se exponen y la carencia de recursos destinados para la seguridad y defensa, pero que, a pesar de ello, están presentes en todo el territorio colombiano y aseguran con verdadero valor y abnegación el desarrollo de la nación.

La ponderación manifestada inicialmente parece ser justificada y objetiva porque para la época (1.996) los soldados no tenían botas de combate, armas y equipo especial, fluvial, terrestre ni aéreo; de ello son testigos los integrantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial en todos los escalones y nadie hizo nada por dotar mejor las tropas que con altruismo y amor patrio cubrían el territorio nacional. ¡Qué injusticia! Pero es posible que no sea de su conocimiento que los deberes en el campo militar obedecen a dos  prioridades: primero Cumplimiento de la Misión y segundo El bienestar de los hombres en ese orden. Como en el juramento patrio, prima la defensa de la patria a la vida del hombre. ¡…”Y llegado el caso morir por defenderte”!

Seis años más tarde se puso en ejecución el plan Colombia, para que los Estados Unidos, empezaran a dotar a nuestros soldados sin ser su responsabilidad, ni obligación. ¡Qué injusticia! El profeta Mahoma fundador del islam sentencia “Desgraciados los que miden mal y pesan mal; los que cuando otros miden exigen la medida llena, y cuando miden ellos, disminuyen la medida y el peso de los otros”. ¿Será justo insinuar y orientar la responsabilidad a los mandos que hoy se quiere inculpar? ¡Qué injusticia!, los recursos del Estado, no los destina la Fuerza Pública, el presidente del Consejo de Estado, debe conocerlo y aplicarlo para orientar los esfuerzos jurídicos hacia otros responsables.

Este fallo, indudablemente, servirá para que el Estado asigne los recursos necesarios para dotar a las Fuerzas Militares y a la Policía Nacional o de lo contrario veremos una gran cantidad de insubordinados u otro tanto de inculpados por desobediencia, cobardía y a la gran mayoría por omisión, cuando del cumplimiento de las órdenes se trate. ¡que injusticia! Y se cumplirá lo dicho por el pensador francés Montesquieu “Los más desgraciados no son los que sufren las injusticias, sino los que las cometen” ¿De qué lado están los estrados judiciales y a qué lado se quiere ubicar  al Mando Militar?

¿Qué decisiones se pueden esperar de la justicia para el futuro? ¿Saldrán de las cárceles los delincuentes y serán llevados los inocentes, como en los casos que se adelantan contra algunos miembros de la Fuerza Pública? Al responder estas preguntas nos sirve de referencia lo dicho por el escritor y filosofo americano Henry D. Thoeau: “Bajo un gobierno que encarcela injustamente, el lugar del justo es también la cárcel” ¡Qué injusticia!


A pesar de la independencia de los poderes del Estado en Colombia y en cualquier país del mundo, debe actuar oportunamente el jefe del Estado, para integrar los esfuerzos y orientar el rumbo hacia los propósitos del mismo. De lo contrario serán perdidos todos los esfuerzos que se hagan en forma descentralizada. Se debe evitar que suceda lo que decía el tercero y último Rey de Israel Salomón “El que justifica al impío y el que condena al justo, ambos son abominables ante Dios.” ¿Será factible lograr la unidad nacional propuesta por el Jefe del Estado al inicio de su mandato con estos fallos de la administración de justicia y la tendencia de llevar a la cárcel a los justos? ¡Qué injusticia!

¿Cuáles son las consecuencias en el campo militar, con el fallo del Consejo de Estado, por el ataque a la base de Las Delicias en agosto de 1996? cuando determina que “fue el Estado el que creó la situación objetiva de riesgo por la existencia de la base en un ámbito espacial, de orden público y de posibilidades de defensa y protección limitado”. ¡Qué injusticia! ¿Llegarán las cosas a que la Fuerza Pública tenga que obtener el visto bueno de los jueces para la localización de las instalaciones de sus unidades, con el fin de evitar las consecuencias jurídicas, con fallos de personas que desconocen el medio y las circunstancias políticas y militares reales del orden público en la región y de la geografía nacional? Cabe recordar y aplicar para este y muchos otros casos, el refrán de “Zapatero a tus Zapatos”. O de lo contrario, que Dios nos bendiga y bendiga a todos los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo y en retiro, pero que también les dé a los injustos su propio merecido. ¿Tendrá el Estado que indemnizar a los 46 millones de colombianos, por el riesgo que corren al vivir en el país, en medio de tantos bandidos e injustos ciudadanos?

¿Qué deben hacer los miembros de las instituciones legítimas para cumplir con el sagrado deber constitucional de defender al Estado y a sus ciudadanos?  Si se cumple con el deber, corre el riesgo de verse incurso en un delito por acción, si no lo cumple, lo cometerá por omisión, en conclusión las cárceles se llenarán de inocentes de la Fuerza Pública. ¡Qué injusticia!


A pesar de la nobleza del pueblo colombiano y de la aceptación obligatoria de los fallos emitidos, todo será viable y de posible aplicación. Pero queda el dolor amargo fundamentado en sus contenidos, aparentemente ejemplarizantes, carentes de análisis dentro de los principios éticos y de justicia, por su orientación destructora para las personas y las instituciones de bien, que actúan en defensa legítima del Estado y que han entregado todo por la patria. ¡Qué injusticia!

¿Será necesario despolitizar la justicia y que los órganos de control sean más efectivos?  ¿Será posible que nuestros respetados miembros de las Altas Cortes, recibieron un alto encargo para el cual no estaban preparados o sus competencias no alcanzaron las expectativas, o fueron indebidas y sobre estimadas por sus mismos integrantes o simplemente su categoría no se ha adaptado a esa alta dignidad, dejando en sus fallos a un lado los objetivos y propósitos nacionales? Valdría la pena una autoevaluación oportuna de parte de los interesados para demostrar que empleando todas sus brillantes competencias jurídicas, se enmendarán los posibles errores cometidos.


Para fortalecer la justicia y evitar que se cometan más injusticias, es prudente recomendar a quienes tienen la responsabilidad de dirigir el Estado en sus poderes públicos, un dialogo abierto y franco para lograr entender cuáles son los objetivos y fines del Estado, trabajar en la misma dirección complementando o generando las leyes requeridas o simplemente acondicionarlas para obtener la eficacia, dentro de la compleja realidad del conflicto colombiano. Ver la necesidad de efectuar una reforma constitucional, que garantice la equidad para los integrantes de la Fuerza Pública, en las diversas situaciones dentro del conflicto armado que vive el país, generado por sus enemigos y en ningún momento, por quienes la defienden y protegen sus intereses.

“Cuando un pueblo enérgico y viril llora, la injusticia tiembla”  (Fidel Castro)

Bogotá, 14 de Junio de 2011

*Miembro del Centro Colombiano de Pensamiento Político-Militar


No hay comentarios: